Ambiente

Ratifican sanción a inmobiliaria en San Pancho

El Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó por unanimidad el amparo a Pacific Lifestyle Properties, S.A. de C.V., con lo que quedaron firmes la demolición de obras en 1,466.008 m² de terrenos ganados al mar y una multa de 96 mil 220 pesos.

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Tras seis años de litigio, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó por unanimidad el amparo y la protección de la justicia federal a Pacific Lifestyle Properties, S.A. de C.V., con lo que confirmó la validez de las sanciones impuestas por la Profepa por afectaciones a la Zona Federal Marítimo Terrestre y a terrenos ganados al mar en San Pancho, Nayarit. La empresa deberá restituir a su estado base 1,466.008 metros cuadrados mediante la demolición de las obras construidas irregularmente y pagar una multa de 96 mil 220 pesos, mientras que la resolución administrativa también establece la pérdida de bienes en beneficio de la Nación respecto de las obras identificadas como “Edificio A denominado Torre 1” y “Edificio B denominado Torre 2”.

El origen del caso se remonta al 13 de agosto de 2009, cuando la Semarnat otorgó un Título de Concesión sobre 1,469.92 m² de zona federal marítimo terrestre y/o terrenos ganados al mar, exclusivamente para mantener la superficie en su estado natural; en marzo de 2014 una resolución administrativa amplió la superficie a 2,534.003 m² y modificó el uso a actividades de esparcimiento y ornato, sin posibilidad de destinarla a otros aprovechamientos. La ocupación ilegal de 1,466.008 m² fue constatada en la visita de inspección iniciada el 1 de diciembre de 2021, que culminó el 15 de agosto de 2022 en la resolución sancionatoria de la Profepa; la empresa promovió un juicio de nulidad el 28 de septiembre de ese año y el 6 de mayo de 2025 la Primera Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez del acto, lo que derivó en el amparo resuelto este 7 de octubre de 2026.

“Este fallo es una importante victoria para la comunidad de San Pancho y para la justicia ambiental, pues implica que prevalezca la protección del ecosistema, la recuperación de la superficie afectada y la salvaguarda de los bienes nacionales”, afirmó la procuradora federal de Protección al Ambiente, Mariana Boy Tamborrell. La dependencia indicó que mantendrá la vigilancia sobre obras y actividades que afecten la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar.

En corto: Con la negativa del amparo quedan confirmadas las actuaciones de la Profepa derivadas del incumplimiento de la concesión y de la normatividad aplicable a la Zona Federal Marítimo Terrestre, así como la vigencia de las medidas para recuperar la superficie afectada y proteger los bienes nacionales.

Con información de Procuraduría Federal de Protección al Ambiente · Fuente oficial